Por las razones precedentemente expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, CONSTITUCIONAL, MERCANTIL, TRANSITO, MARÍTIMO Y AERONÁUTICO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE SOBREVENIDAMENTE la presente demanda por ACCIÓN REIVINDICATORIA DE INMUEBLE interpuesta por la ciudadana CRUZ TIBISAY LUGO RENGEL, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.375.479, asistida por la Defensora Pública Provisorio Primera en materia Civil, Mercantil y Tránsito, ciudadana, ANGÉLICA M MOLINA, abogada, IPSA Nro. 193.333, en contra de los ciudadanos ROBERT JOSE MATA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-21.050.005 y CRIXELIS DEL VALLE FILGUEIRA TUARESCA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°.....