Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Declara extinguida la acción penal y en consecuencia, decreta el sobreseimiento de la causa a favor del acusado DUILIO DANIEL CHAVEZ QUINTERO, venezolano, titular de la cédula de Identidad Nº V.- 20.058.291, fecha de nacimiento 01-06-1985, de 25 años de edad, Natural de Maracaibo, Estado Zulia, Profesión Mecánico, hijo de Duilio Antonio Chávez (v) y de Daidy Quintero (v), Residenciado en Punto Fijo, calle Andrés Eloy Blanco, chile con Porlamar, Avenida Bolívar, más debajo de Tijerazo, es un galpón, donde vive el Padrastro de la víctima de nombre Glever Guzmán, Estado Falcón, teléfono 0416-2662224; por la comisión del delito de ACOSO U HOSTIGAMIENTO Y AMENAZAS, previsto y sancionados en el Artículos 40 y 41, de la Ley Sobre el Derecho de las M.....