este Juzgado Primero de los Municipios San Felipe, Cocorote, Independencia y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS suficiente, para asegurar el derecho que le corresponden a los ciudadanos: JESUS ALBERTO RODRIGUEZ LOZADA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad numero V-7.512.809, VLADIMIR ADOLFO RODRIGUEZ LOZADA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad numero V-7.586.055, ANTONIO JOSE RODRIGUEZ LOZADA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad numero V-11.277.931, HUGO JOSE RODRIGUEZ LOZADA, venezolana, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad numero V-7.506.147, NICIDA GREGORIA RODRIGUEZ LOZADA, venezol.....