La ciudadana GRACIELA COROMOTO DELGADO, manifiesta que otorga la custodia de su hija IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA, a su padre, ciudadano ARNOLDO ALBERTO RIOS, quien deberá velar por su desarrollo físico, moral, espiritual, afectivo, e intelectual de su hija. De igual modo, el padre deberá ejercer el derecho-deber de crianza-custodia en relación a su hija. En consecuencia, por cuanto las partes, antes identificadas, se encuentran conformes con dicho acuerdo, en consecuencia este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en la norma del artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el artículo 358 eiusdem, en consecuencia se HOMOLOGA en sus propi.....