DISPOSITIVA
En fuerza de las anteriores consideraciones este Tribunal Primero de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, la presente demanda de intimación al cobro, seguida por el procedimiento monitorio, por el abogado: OSCAR MOÍSES JIMÉNEZ SEQUERA, titular de la cédula de identidad N° V- 7.515.044, I.P.S.A. N° 154.116, y de este domicilio, actuando como endosatario en procuración de la ciudadana: NORMA JOSEFINA JAYARO AGUIAR, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V- 13.313.971, de este domicilio, contra la ciudadana: NISODORYS OCHOA GUEDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 8.515.233 y de este domicilio, quien deberá pagar a la parte intimante, antes identificada, lo siguiente:
PRIMERO: La cantidad de CIENTO OCHENTA .....