Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, de Tránsito y de Protección de Niño, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR LA PARTICION DE LOS BIENES pretendidos por la demandada NALLIVER DEL VALLE FLORES SUAREZ, en la demanda de Comunidad Conyugal incoada por el ciudadano RAMON LUIS GOMEZ MAGDALENO en su contra; en consecuencia se ORDENA LA CONTINUACION DEL PROCEDIMIENTO CON LA DESIGNACION DEL PARTIDOR PARA LA PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN del bien identificado como una parcela de terreno y la casa de habitación sobre ella construida, identificada con el Nº10, ubicada en la Carrera Copiaco, manzana Nº 08, Parcela Nº 10 de la Unidad de Desarrollo UD-203, de la Urbanización Chilemex de Puerto Ordaz, Estado Bolívar, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: En d.....