DECISION
En merito de las razones anotadas, este Tribunal, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, por haber transcurrido Cinco (05) años aproximadamente, sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento en la presente demanda de RESOLUCION DE CONTRATO DE COMPRA VENTA seguido por el ciudadano EFREN RAMON RUIZ ALVARADO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 11.278.942, y de este domicilio, contra el ciudadano LUIS OMAR ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 7.508.165, de este domicilio, declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, en consecuencia, se EXTINGUE el presente procedimiento.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, la presente declaración de perención por la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en costas. Se acuerda arch.....