este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2, 3, 26, 27, 49, 50, 87, 91 y 93 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, declara:
Primero: se declara CON LUGAR LA ACCIÓN DE AMPARO incoada por los ciudadanos MIGUEL BRITO, LUIS SANCHEZ, GIANNI MARTELLO, GREYSKIEL HERNANDEZ, DEIVIS SUAREZ, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-17.337.430, V-17.167.709, V-8.180.056, V-19.095.388 y V-25.081.813, respectivamente, en contra de las empresas GLOBAL PARKING DE VENEZUELA, C.A.; CENTRAL SANTO TOME I, C.A. e INVERSIONES NAMO, C.A; Todas plenamente identificadas,
Segundo: Se ordena a los agraviantes GLOBAL PARKING DE VENEZUELA, C.A.; CENTRAL SANTO TOME I, C.A. e INVERSIONES NAMO, C.A; a no realizar acti.....