DISPOSITIVO
En consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CULPABLE al ciudadano ALEJANDRO ANTONIO ESCORCHA PÉREZ, venezolano, nacido en fecha 20/10/1983, natural de San Felipe, soltero, sin profesión conocida, titular de la cédula de identidad N° 13.313.600, residenciado en el Barrio el Tanque frente al Club los Manzanos, municipio Páez del Estado Yaracuy, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y Sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio de la sociedad mercantil MAXI CELL C.A. y lo CONDENA a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias de ley, en virtud del procedimiento por admisión de los hechos, previsto en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal. No se condena en costas al acusado.
Publíquese y regístrese la presente decisión.....