Se dictó auto declinando la competencia para el conocimiento de la demanda de nulidad incoada por la sociedad mercantil Servicios Industriales, Mecánicos, Eléctricos y Montajes, C.A. (SIMEMCA), contra la Providencia Administrativa Nº USBAD/060-2007, de fecha once (11) de diciembre de 2007, emanada de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Bolívar, Amazonas y Delta Amacuro del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), mediante la cual declaró infractora a la recurrente e impuso multa por la cantidad de ciento noventa y dos mil ciento cuarenta y ocho bolívares con noventa y nueve céntimos (Bs. 192.148,99), en el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, dado que la competencia no ha sido regulada por el Tribunal Supremo de Justicia.