DISPOSITIVA
Por las razones precedentemente expuestas, este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO BOLIVAR EXTENSIÓN TERRITORIAL PUERTO ORDAZ, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la calificación de Despido injustificado, correspondiendo a la empresa demandada cancelar los siguientes conceptos: Por antigüedad, la cantidad de 86.062,87, por concepto de vacaciones fraccionadas, la cantidad de 7.738,89, por bono vacacional fraccionadas, la cantidad de 7.738,89; por utilidades fraccionadas, la cantidad de 7.738,89; por salarios caídos, la cantidad de 6.191,11; por antigüedad del 125, la cantidad de 34.824,99; por preaviso del 125, la cantidad de 23.216,66; por deducciones. La cantidad de 50.960,88; total a pagar la cantidad de 122.551,41.
SEGUNDO: Se ordena la remisión de las presentes actuaciones a la Unidad de Recepción y Distr.....