Visto lo anteriormente transcrito este despacho judicial acuerda la regulación de competencia de conformidad con lo previsto en Gaceta Oficial Nº 39.483, del 9 de agosto de 2010, y Nº 39.522, del primero (1) de octubre de 2010, de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, y los artículos 07, 26, 49, 262 y 266 numeral 7, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como los Artículos 67, 71 y 349 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia se ordena remitir el expediente original a la SALA DE CASACIÓN CIVIL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, para que conozca sobre la referida regulación de competencia. Líbrese oficio.
EL JUEZ PROVISORIO,
ABG. JUAN CARLOS TACOA
EL SECRETARIO,
ABG. JESUS GUERRA
En esta misma fecha se cumplió con lo orde.....