se da por iniciada la misma, indicando las partes que conforme a los establecido en el acta anterior la parte demandada ofrece en este acto al reclamante la cantidad de Un Millón Doscientos Mil Bolívares (Bs.1.200.000,oo), lo cual es expuesto al ciudadano Eduardo Natera, a los fines de la su aceptación y conformidad con dicho ofrecimiento, lo cual es aceptado por éste libre de todo constreñimiento o apremio sobre su voluntad, por lo que el tribunal solicita a la parte demandada la fecha del cumplimiento de la misma y esta señala el día Miércoles 31 de Enero de 2007 a las 02:30 p.m.., oportunidad la cual se establece como fecha para la continuación de la audiencia preliminar, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 132 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos o de todos, acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley.
El Ju.....