Por las razones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos ANNI MARCELO MENA y YOHANA YARLETH RIVERO AULAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad N° 12.282.584 y 14.211.337 respectivamente, domiciliados el primero en el segundo callejón casa S/N del sector Las Tunitas municipio Nirgua del estado Yaracuy, y la segunda en la casa N° 32 ubicada en la calle 8 entre avenidas 3 y 4 del sector Pueblo Nuevo en el mismo municipio, debidamente asistidos por la abogada ADRIANA RODRIGUEZ LINAREZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 102.619. En consecuencia, con respecto al adolescente de autos, este Tribunal establece: PRIMERO: La Patria.....