Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, del Tránsito y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado VICENTE RAMOS CHACON en su condición de apoderado judicial de la parte demandada, contra la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y de Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en fecha 19 de Marzo de 2010, en el expediente en el juicio que por EJECUCION DE HIPOTECA sigue la sociedad mercantil BANCO GUAYANA C.A. contra la empresa REPARACIONES GENERALES DE VENEZUELA, S.A. (REGEVENSA), ambas ampliamente identificadas ut supra. Todo ello de conformidad con las disposiciones legales doctrinarias y jurisprudenciales antes cita.....