Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y de conformidad con los artículos 49 Ordinal 1ro, 26, 253 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, los artículos 12, 15, 242, 243, 254 y 506 del Código de Procedimiento Civil, así como el artículo 185-A del Código Civil Vigente declara: CON LUGAR el presente DIVORCIO 185-A (INDIVIDUAL), incoado por la ciudadana CLAUDIA VALENTINA PACHECO DE QUIROGA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-13.994.622, debidamente asistida por la abogada en ejercicio YELIMAR NERY inscrita en el I.P.S.A, bajo el Nro. 75.219, contra el ciudadano JAIME ALEJANDRO QUIROGA QUIERO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de I.....