En consecuencia, este Juzgado Quinto (5º) de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo, de conformidad con lo establecido en los artículos 253 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 263 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 6 y 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; declara: Que HOMOLOGA el DESISTIMIENTO del procedimiento realizado por los demandantes, ciudadanos RENGEL PEREZ JOSE GREGORIO, SALGADO MOYA NESTOR RAMON, PARRA ARAY HECTOR RAFAEL, JIMENEZ SARAVIA OSWALDO RAFAEL, LOPEZ FLORES WILLIANS RAFAEL, VEGAS JEFERSON ANTONIO, SALINAS RAMOS ELIAS FLORENTINO, CUSTODIO VERDE RAMON JUVENAL, HERREA ALCALA DERVID DEL JESUS, MONTAÑO GAMBOA VICTOR JOSE, PAEZ DIAZ ANDRES EDUARDO, CUSTODIO CIPRIANO ANTONIO, MALAVE MENESES JOSE GREGORIO, UGAS ZAMBRANO JOSE LUIS, respectivamente, mayores de edad y titulares de la Cédula de Identidad Nros: 9.944.337, 13.982.724, 12.129.968, 12.649.711, 12.337.719, 14.753.22.....