En consecuencia y en razón de lo antes analizado, este JUZGADO EN FUNCION DE CONTROL Nº 1 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BOLIVAR, EXTENSION TERRITORIAL PUERTO ORDAZ, SECCION ADOLESCENTES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara: EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, de la causa seguida al joven Erick Xavier Sequera Fernández, venezolano, de 19 años de dad, titular de la cédula de identidad N° 17.750.418, nacido en San Félix, Estado Bolívar, hijo de los ciudadanos Anibal Sequera y Del valle Férnández, residenciada en el sector Laguna Verde, Distrito Casacoima, casa S/N, en el Estado Delta Amacuro; por la presunta comisión del delito de Aprovechamiento de Vehículo Automotor Proveniente del delito de Robo, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, en perjuicio del ciudadano Manuel Luis Marcano, actuando de conformidad con lo dispuesto en el artículo 561 literal "e" y 562, ambos de la Ley Org.....