Por las razones precedentemente expuestas, este JUZGADO QUINTO (5º) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO BOLIVAR EXTENSIÓN TERRITORIAL PUERTO ORDAZ, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS DERIVADOS DE LA RELACION LABORAL, ha incoado el ciudadano ARGENIS CORTEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº 3.242.283, en contra de la empresa DIPROCHER BARCELONA, C. A.; y
SEGUNDO: Dada la naturaleza del dispositivo del presente fallo, no hay condenatoria en costas. ASI EXPRESAMENTE SE DECIDE.