Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SIFONTES DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÌVAR, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme al artículo 8, ordinal 8, Ley Orgánica de la Jurisdicción Especial de la Justicia de Paz Comunal, declara: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, planteado por el ciudadano JUAN BAUTISTA GALINDEZ FREITEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.096.125 y la ciudadana YACQUELINE DEL CARMEN ROJAS DE GALINDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-15.767.545, respectivamente. En consecuencia, se declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído en fecha veintinueve (29) de marzo de mil novecientos noventa y nueve (1.999), por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Urachiche del estado Yaracuy, cuya Acta de Ma.....