Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, del Tránsito y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR las apelaciones ejercidas en fecha 10 y 11 de noviembre de 2010, que rielan a los folios 50 y 51 de la tercera pieza de este expediente, por los abogados ROBERT NERY LOPEZ y KAROL CRISS SOSA, en su condición de apoderados judiciales de las codemandadas DULCE CAROLINA VERACIERTA y la empresa CONCORDE BIENES RAICES C.A., en la incidencia surgida en el juicio que por NULIDAD DE OPCION DE COMPRA VENTA sigue el ciudadano GERMAN DEL VALLE SUCRE BLANCO contra los ciudadanos DULCE CAROLINA VERACIERTA y la empresa CONCORDE BIENES RAICES C.A, todo ello de conformidad con las disposiciones legales, doctrinarias y jurisprudenciales citadas y los artículos 12, 242 y 243 del C.....