este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Inadmisible el recurso de amparo incoado por el ciudadano ASDRUBAL G. DUM GARCIA., venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-8.918.205
SEGUNDO: se ordena la remisión de las presentes actuaciones al tribunal de origen una vez que la decisión quede definitivamente firme.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripci6n Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, a los quince (15) días del mes de Abril de Dos Mil Once (2011), años 2000 de la Independencia y 1520 de la Federación.
EL JUEZ SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO.
DR. RENE LOPEZ.
LA SECRETARIA DE SALA,
ABOG. DANIELLA FARIAS
PUBLICADA EN EL DIA DE SU FECHA, .....