Por las consideraciones que anteceden, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente demanda de INQUISICIÓN DE PATERNIDAD intentada por la ciudadana ARIADNY GISELLE QUIROGA DELGADO venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad N° 15.978.971, domiciliada en la calle 11, entre avenidas 3 y 4, casa N° 3-15, diagonal a la DIEX, municipio San Felipe, estado Yaracuy, en su condición de madre del niño (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el Artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), nacido el 16 de mayo de 2004, quien esta asistido por la abogado YRELA YSABEL CHAM RODRÍGUEZ, contra el ciudadano BOUTER BETANCOURT, venezolano, casado, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.653.461. En consecuencia, se establece.....