DECISIÓN
Por las razones expuestas, y en aplicación de la sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictada en fecha 01 de Febrero de 2000 recaída en el caso José Amando Mejía Betancourt y Otros, seguido en el expediente Nº 00-0010, con Ponencia del Magistrado, Dr. Jesús Eduardo Cabrerar, actuando en Sede Constitucional, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: LA INADMISION SOBREVENIDA de la acción de amparo constitucional interpuesto por MICROEMPRESA CENTRO DE BELLEZA FRANMAR; JOYERIA LEORO, C.A., MICROEMPRESA PRODUCCIONES JULEANJER, MICROEMPRESA LA SOLUCION, MICROEMPRESA DULCELANDIA. identificadas en autos, contra los ciudadanos NAPOLEON HERNANDEZ JIMENEZ., NAYBELL DE JESUS HERNANDEZ JIMENEZ Y EMMA DE JESUS JIMENEZ GUTIERR.....