Previa revisión de las actas que conforman el presente expediente, se constató que los ciudadanos MARIA DE LOURDES CARVAJAL CABELLO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-2.643.888, de este domicilio, asistida en este acto por el ciudadano ALEJO VICENTE SALAZAR LOPEZ, Abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 121.077, por una parte; por la otra parte el ciudadano OSCAR JOSE CARRIZALES RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-2.638.205, debidamente asistido en este acto por la ciudadana ROSARIO KEPP DE ARZOLAY, Abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 5.190; tienen facultad para transigir en la demanda. En consecuencia, por cuanto la transacción no versa sobre materia en la cual están prohibidas las transacciones este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Just.....