En mérito de las consideraciones anteriores, este Tribunal Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CONFIRMA EL AUTO DE FECHA 17 DE NOVIEMBRE DE 2008 dictado por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión de la Sala de Juicio con sede en Puerto Ordaz, a cargo del abogado COSME ALBERTO GONZALEZ LATHULERIE. En consecuencia se declara SIN LUGAR LA APELACIÓN DE FECHA 05/02/09 formulada por el abogado JOSE O. SARACHE MARIN, en su condición de apoderado judicial del ciudadano RAUL JOSE CAMPINS GALEA, contra el referido auto de fecha 17/11/08, dictado en el cuaderno de medidas del expediente principal, que acordó las medidas solicitas por la parte actora en su libelo de demanda, en relación al juicio de.....