este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, ACUERDA la Colocación Familiar Provisional de la niña IDENTIDAD OMITIDA, nacida el día 25 de septiembre de 2013, de nueve (09) años de edad a la Ciudadana BERTA ROSA ROBLES DE MUÑOZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 7.513.060, en su condición de abuela paterna, domiciliada en Yumare, Poblado La Cero 236, Municipio Manuel Monge, estado Yaracuy, quien tendrá la responsabilidad de crianza, así como el deber de amar, criar, formar, educar, custodiar, vigilar, mantener y asistir material, moral y afectivamente a la niña IDENTIDAD OMITIDA, así como la facultad de aplicar correctivos adecuados que no vulneren su dignidad, derechos, garantías o desarrollo integral, hasta tanto se decida la presente causa o se determine otra modalidad de medida protección; en consecuencia, deberá permanecer la niña bajo la responsabilidad de custodia de .....