En razón de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero de los Municipios San Felipe, Cocorote, Independencia y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, imparte HOMOLOGACION a la transacción efectuada por la parte demandante, representada por el abogado en ejercicio de su profesión ANTONIO FIGUEREDO FERRER, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 7.038, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana ANA MERCEDES CASTILLO de AVENDAÑO, y la parte demandada, ciudadano VITELIO VÁSQUEZ, quien estuvo asistido por el abogado en ejercicio de su profesión Elio José Zerpa Isea, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 568, en fecha 10 de julio de 2009, otorgándole su APROBACION, en consecuencia se procede como en SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA.