Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio fundamentado en el artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos Mauro Ramón Torcati Morales y Margelvi Patricia Torrealba, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 17.157.410 y 18.438.023, respectivamente, residenciados en el Sector la Victoria, calle 9, al lado del Preescolar La Victoria, casa S/N, Urachiche, Municipio Urachiche, estado Yaracuy y en el Sector la Victoria, calle 9, casa S/N, Urachiche, estado Yaracuy, debidamente asistidos para el momento por el abogado en ejercicio Eric Duran, INPREABOGADO N° 101.722.
En consecuencia, con respecto al adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, este Tribunal establece: