Luego de la revisión de las acta que conforman el presente expediente, evidencia que cursa en la misma la partida de nacimiento de la niña JABNIA RAQUEL MARCHAN CASTILLO, menor de edad, hija de la Decujus NIPSI ODALIS CASTILLO DE MARCHAN, fallecida el día 06/07/2012, se desprende que cuenta actualmente con ONCE (11) años de edad,.-
Ahora bien ajustándose a la norma que rige la materia, de conformidad con lo establecido en el articulo 177; parágrafo Segundo de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes ; literal g), por ser esta una Ley espacialísima que ampara y protege los derechos de los niños, niñas y adolescente, corresponde conocer de la presente solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a postribunales de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, sede Ciudad Bolívar en razón de la materia.- En consecuencia, este Juzgado DECLINA LA COMPETENCIA por la materia, a fin de que conozca de la presente solicit.....