se da por terminado el presente juicio y se ordena la remisión de las presentes actuaciones al Tribunal de origen a los fines legales consiguientes.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el compilador respectivo.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. En Puerto Ordaz a los Diecinueve (19) días del mes de Julio del año dos mil diez (2.010). Años: 200° y 151° de la Independencia y de la Federación de la Republica Bolivariana de Venezuela.
LA JUEZ SUPERIOR PRIMERO,
ABOG. YNDIRA NARVAEZ LOPEZ
LA SECRETARIA DE SALA,
ABOG. MARIANNY GONZALEZ
PUBLICADA EN EL DIA DE SU FECHA, PREVIO ANUNCIO DE LEY A LAS TRES Y TREINTA MINUTOS DE LA TARDE (03:30 P.M.)
LA SECRETARIA DE SALA,