Decisiones del dia 27/01/2025
N° Expediente :
23.572-24
N° Sentencia :
Fecha: 27/01/2025
Procedimiento: Reconocimiento De Contenido Y Firma
Partes: MARISOL DEL VALLE JIMENEZ Y LUIS ANTONIO GUACARE
Resumen:
Con vista a la solicitud que encabeza las presentes actuaciones y los recaudos que la acompañan, y cumplidas como se encuentran las formalidades establecidas en el auto de admisión dictado en fecha 14 de Enero de 2.025, se observa de los autos, que al ciudadano SERGIO PEREZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nro. V-9.180.105, le correspondía comparecer por ante este Tribunal dentro de los días de despacho siguientes a su citación a reconocer el CONTENIDO Y FIRMA del documento que se acompaña a las presentes actuaciones en original, y cursante en autos, donde se desprende documento privado de CONTRATO DE SOCIEDAD, inserto desde el folio 7 al folio 8 y su vto), el cual versa sobre el convenimiento realizado entre las partes, presentado en diecisiete clausulas sobre las cuales está regida la Sociedad fundada Empresa T.V ZAMORA, C.A. domiciliada en la Calle Roscio de la población de Temeremos, Municipio Autónomo Sifontes del Estado Bolívar, siendo su objeto .....
Juez/Ponente:
Mariennys Jose Salazar Noriega
Organo:
Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito
N° Expediente :
18.683-24
N° Sentencia :
Fecha: 27/01/2025
Procedimiento: Reconocimiento De Contenido Y Firma
Partes: MARVIN BERNARDO ALI SILVA, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NRO. V-15.186.353 CONTRA MERCEDES EUNICE CASTILLO DE MRSIC, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Nº. V-3.169.051
Resumen:
En el mismo termino de ideas, y finalizando, de aparecer clara la voluntad del legislador de no permitir la admisión de la demanda, ya que de lo contrario priva el principio in dubio pro actione. El caso de autos, ya expuesto, no esta previsto en norma alguna ni causal alguna de inadmisibilidad, por lo tanto en criterio del Tribunal debe darse acceso a la acción para que en la oportunidad correspondiente se discuta sobre el asunto, pues de lo contrario se estaría violando el derecho a la tutela judicial efectiva consagrado en el articulo 26 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, que no es otro que el derecho de acceso a un proceso no desnaturalizado, que pueda cumplir su misión de satisfacer la pretensiones que se formulen, razón por la cual este Tribunal admitió la solicitud y siguió el procedimiento referente al mismo y ante la consecuencia que trae la no comparecía de la demandada conforme lo establece el Articulo 1.364 del Código Civil, este Tribunal .....
Juez/Ponente:
Mayra Gabriela Urbaneja Zabaleta
Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito
N° Expediente :
24-7175
N° Sentencia :
Fecha: 27/01/2025
Procedimiento: Acción De Amparo Constitucional
Partes: SOCIEDAD MERCANTIL DISTRIBUIDORA DE CALZADOS EDEN, C.A. VS ABG. MARLIS ZULEMA TALY LEON, JUEZ ACCIDENTAL DEL MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR.
Resumen:
Por las razones expuestas, este TRIBUNAL SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO, BANCARIO, MARÍTIMO Y AERONAUTICO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR recurso de apelación ejercido por los abogados ODEISA DAILINY VIÑA HERRERA y HECTOR VALLES MARQUEZ, inscritos en el IPSA bajo los Nros. 222.364 y 100.033, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de la SOCIEDAD MERCANTIL DISTRIBUIDORA DE CALZADOS EDEN, C.A., en contra de la sentencia dictada por el tribunal A-quo, en fecha 13/12/2024.
SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados en ejercicio ODEISA DAILINY VIÑA HERRERA y HECTOR VALLES MARQUEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 222.364 y 100.033 respectivamente, en su carácter de co-apoderados judiciales de la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA .....
Juez/Ponente:
Alexander Rafael Guevara Marciel
Organo:
Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño y Adolescente extensión Puerto Ordaz
N° Expediente :
S-4.264-25
N° Sentencia :
Fecha: 27/01/2025
Procedimiento: Titulo Supletorio
Partes: RAIMARIS REBECA MARTINEZ COVA, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD NÚMERO V-15.034.891, DE ESTE DOMICILIO; DEBIDAMENTE VISADO POR EL CIUDADANO TEOFILO DELGADO G., ABOGADO, INSCRITO EN EL I.P.S.A., BAJO EL NRO. 50.236
Resumen:
Sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se declaran las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO, suficientemente de propiedad a favor de la ciudadana: RAIMARIS REBECA MARTINEZ COVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V-15.034.891, de este domicilio. Sobre las referida BIENHECHURÍAS plenamente identificadas en la solicitud que encabeza las presentes actuaciones. Devuélvanse originales con sus resultas.-
Juez/Ponente:
Roemyra Navarro
Organo:
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito
N° Expediente :
21738
N° Sentencia :
Fecha: 27/01/2025
Procedimiento: Titulo Supletorio
Partes: GERMAN RAMON BLANCO
Resumen:
Dispositiva
En fuerza de las consideraciones precedentes este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara inadmisible la pretensión por título supletorio, intentada por el ciudadano German Ramón Blanco Alfonzo, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 3.026.347, y tramitada bajo el número 21738, -nomenclatura interna-
Publíquese, regístrese y déjese copia de la presente decisión para el archivo del tribunal.
Dada, firmada y sellada en la sala de audiencias de este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, en Puerto Ordaz, a los 27 de enero de 2025. Años: 213° de la Independencia y 164° de la Federación.
Juez/Ponente:
Andreina Josefina RosalesQuintero
Organo:
Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito