DECLARA:
PRIMERO: Sin Lugar la Incidencia de tacha, interpuesta por la Asociación Civil Pro Vivienda de los Trabajadores de la Educación " San José" (Asoprovites), registrada por ante la Oficina Subalterna de Registro del Municipio San Felipe, bajo el N° 16, folios 1 al 5, Protocolo Primero, Tomo Segundo, Tercer Trimestre del año 1992, representada judicialmente por el abogado Wilfredo Requena, Inpreabogado N° 67.273, sobre el documento contentivo de Autorización, cuyo reconocimiento en contenido y firma se realizó por ante el Juzgado de los Municipios San Felipe, Cocorote, Independencia y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en fecha 02 de Agosto del año 1999.
SEGUNDO: Como consecuencia de no haber prosperado la Incidencia de tacha, se condena en costas a la parte tachante de conformidad con lo establecido en el Artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: Por cuanto la presente incidencia se publica fuera de lapso, notifíquese a las part.....