En fecha 07-07-2006, se dicta sentencia mediante la cual el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación intentada por la parte recurrente, por las consideraciones antes expresadas.
SEGUNDO: Se revoca la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Transición de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, de fecha 31/05/2005 y se le ordena la continuación de la causa, para lo cual deberá fijar en un lapso no menor de tres (03) ni mayor de cinco (05) días hábiles siguientes al recibo de la presente causa, la oportunidad para la celebración de la audiencia preliminar, en el entendido que ambas partes se encuentran debidamente notificadas.
TERCERO: No hay c.....