En base a todas las consideraciones de hecho y de derecho, anteriormente expuestas, este
Juzgado Superior Civil, Mercantil, del Tránsito y Marítimo del Segundo Circuito de la Circunscripción
Judicial del Estado Bolívar, de conformidad con lo previsto en los artículos 2, 26 y 253 de la
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; artículos 7, 12, 15, 82 ordinal 15°, 88, 242 y
243, del Código de Procedimiento Civil; Administrando Justicia en Nombre de la República
Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, la inhibición planteada
por el abogado JOSE FRANCISCO HERNANDEZ OSORIO, en su condición de Juez – para ese
entonces - del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito del Segundo Circuito de la
Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, para seguir conociendo y decidir la presente causa,
contentivo del juicio de nulidad de documento seguido por el ciudadano GREGORIO DE JESUS
CARABALLO ROBINSON en contra de la ciudadana MARIA.....