Por las motivaciones anteriormente expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
LA PERENCION DE LA INSTANCIA en el juicio que por Diferencia de Prestaciones Sociales, Daño Moral e Intereses Moratorios, incoara el ciudadano FRANK SILVA, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 39.596, en nombre y representación de la ciudadana INGRID CASTAÑOS MANZANILLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.519.404; en contra de la empresa FERROMINERA ORINOCO, C.A., y en consecuencia EXTINGUIDO el proceso. Sin embargo, ello no obsta para que el demandante vuelva a proponer su demanda, una vez transcurrido el lapso establecido en el artículo 204 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.