Por todos los fundamentos expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley,
DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la SOLICITUD DE DIVORCIO 185-A, efectuada por los ciudadanos BETANCOURT SALCEDO YOHULI YULIMAR y FERNÁNDEZ WILFREDO ANTONIO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-12.277.836 y V-12.284.316 respectivamente, domiciliados la primera en la casa N° 1, calle principal, La Morita Vieja, municipio Cocorote, estado Yaracuy, y el segundo en la calle Vijagual N° 0184, sector La Morita Vieja, municipio Cocorote, estado Yaracuy, debidamente asistidos por el abogado RODRIGUEZ ALVAREZ JAIME YOIN., Inpreabogado Nº 228.381, en consecuencia, se DECRETA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, que los unía y contraído entre ellos, en fech.....