este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO suficiente de propiedad a favor del (la) ciudadano (a): DIOSADY DARELYS SUAREZ FERNANDEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro.24.183.409, asistido por la defensora publica ANGELICA MOLINA, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 193.333, sobre unas bienhechurías, que se encuentran en una parcela de terreno propiedad MUNICIPAL, ubicado en la siguiente dirección: Sector Salida al Peru, Calle Monagas, El Callao, estado Bolívar, parcela es de forma regular y tiene un área de SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO METROS CUADRADOS COMA SESENTA Y CINCO METROS CUADRADOS ( 798,65 M2), cuyas medidas y linderos son los siguientes: Norte: Calle Monagas y Plaza José Antonio Páez ; Sur: Marcia Murati y Familia Ochoa Este: Ricardo Muratti Oeste: Ricardo Gil y Omar Salas .-