Por las motivaciones que anteceden, este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR EXTENSIÓN TERRITORIAL PUERTO ORDAZ, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se ADMITE la pretensión de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana MIRIAM DESIREE KIENZLER CHAURAN, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.091.247, a través de su apoderada judicial ciudadana NERIA MADRID, Abogada Procuradora de Trabajadores, de este domicilio e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 83.095; en contra de la sociedad mercantil TOXI-LAB CENTRO DE ANÁLISIS, C. A., conforme al contenido de los artículos 27 y 259 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela; y
SEGUNDO: Se ordena la notificación del presunto agraviante sociedad mercantil TOXI-LAB CENTRO DE ANÁLISIS, C. A., domiciliada e.....