este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA conceder AUTORIZACIÓN a la ciudadana MARIA YURAIMA VELIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.457.159, domiciliada en el barrio Santa Luisa, sector 3, final de la calle principal con avenida 1, casa Nº 13 del municipio Independencia del estado Yaracuy, para que tramite la documentación necesaria para la obtención del PASAPORTE VENEZOLANO por ante la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX) del niño (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el Artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), nacido el 15 de julio de 1997, de siete (07) años de edad, asimismo, se autoriza a la prenombrada ciudadana, para que proceda a viajar en compañía del niño de autos al País de Cuba, dentro del lap.....