"...este Tribunal en resguardo de los derechos de las partes en el presente litigio, y sin que ello entre en analizar el fondo debatido, DECRETA medida preventiva innominada mediante la cual se designa un Administrador Ad Hoc, asumiendo la representación de la empresa FUNDICION UNIVERSAL, C.A ., ya identificada, recayendo el cargo de ADMINISTRADOR AD HOC en la persona de la ciudadana YITZA TOVAR, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la Cédula de Identidad Nro. V-15.970.978, de profesión Contadora Pública, CPC: 76702, a quien se ordena notificar a fines de que manifieste su aceptación o no al cargo que se les ha designado, dentro de los dos (02) días siguientes a su notificación, y en el primero de los casos presten el juramento de ley. En consecuencia de lo anterior, dicho administrador ad hoc, no puede realizar actos que excedan la simple administración, actos de disposición o actos que en alguna forma comprometan el destino del patrimonio que se administra, .....