Por las razones antes expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, BANCARIO Y TRANSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 15, 242, 24 3, 249, 254 y 765 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 185 del Código Civil y artículo 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela declara:
PRIMERO: Procedente la solicitud de CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACION DE CUERPOS, presentada por los ciudadanos HECTOR FABIO PALACIOS SANCHEZ y ANGELA DEL CARMEN RODRIGUEZ BRENKE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: 12.069.500 y 18.755.609 respectivamente, de este domicilio, debidamente asistidos por la profesional del derecho CLAUDIA POLANCO, IPSA Nº: 87.771, de este domicilio.
SEGUNDO: Se declara DISUELTO el ví.....