Por todos los razonamientos anteriores este Juzgado Superior Civil, Mercantil, del Tránsito y Protección de Niño, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado JESÚS SALOM, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, en contra del auto dictado en fecha 06 de febrero de 2013, por el Juzgado Primero de Primera Instancia civil, Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, que declaró inadmisible la demanda que por COBRO DE BOLIVARES POR EL PROCEDIMIENTO DE INTIMACIÓN, interpuso la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA JADIL, C.A., contra el ciudadano AZCOUL ABOUKHER ZIEAD, y la sociedad mercantil HOTEL ISIDORA, C.A., todos anteriormente identificados ut supra, en consecuencia de ello. Todo ello de conformidad con las disposiciones.....