Este Tribunal Penal Tercero de Juicio, Unipersonal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y de conformidad con el artículo 365 y 366 del Código Orgánico Procesal Penal ABSUELVE a los ciudadanos MANUEL DE JESÚS MARTÍNEZ, venezolano, soltero, de 34 años de edad, nacida el día 17 de octubre del año 1970 en Ciudad Bolívar, Estado Bolívar, titular de la Cédula de Identidad N° 10.567.363 y ANDRÉS MANUEL TUNEZ, venezolano, de 35 años de edad, nacido el día 21 de mayo del año 1970, quien manifiesta no poseer Cédula de Identidad ni conocer el lugar de nacimiento; ambos con domicilio en el Barrio Los Olivos, Calle Principal, Casa sin número; de profesión u oficio Minero, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Articulo 458 del Código Penal. En consecuencia ordena la Libertad Plena desde la Sala de Audiencias y el cese de la Medida Privativa Preventiva de la libertad decretada en la Audiencia d.....