Por las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADO en todas y cada una de sus partes el ACUERDO TRANSACCIONAL presentado con la diligencia que antecede, por los ciudadanos OMAR A. MORALES M, Abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 64.040, actuando como apoderado judicial de la ciudadana DILIA LÓPEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 16.390.777, parte actora, por una parte; por la otra, los ciudadanos EUCLIDES RAFAEL ALBORNOZ y LELIS YRAIDA CARABALLO DE ALBORNOZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nº 4.940.246 y 5.231.659, respectivamente, quienes actúan en nombre propio y en su carácter de Directores y represe.....