Nº PJ0082008000073. Se dictò decisiòn mediante la cueste Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, con sede en Ciudad Bolívar, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: UNICO: REVOCA por IMPROCEDENTE el beneficio de SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, decretada a favor de los Ciudadanos: JORLEN ALFREDO HUSSEIN y ENMANUEL VERLIS GIL, titulares de la Cédula de Identidad Nros. 20.772.579 y 18.476.914, respectivamente, y en consecuencia ORDENA LA APREHENSION de los mismos, a los fines de que sean capturados y trasladados al Internado Judicial de Vista Hermosa, Ciudad Bolívar, para que continúen cumpliendo la pena que les fue impuesta por el Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial, todo conforme a lo dispuesto en los artículos 479, 480 y 494 último aparte, todos del Código Orgánico Procesal Penal.