CAPITULO III
D E C I S I Ó N
En mérito de las consideraciones precedentes, el Juzgado Segundo de
Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito del
Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar Administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara de oficio CONSUMADA LA PERENCIÓN, y, en consecuencia, EXTINGUIDO EL PROCESO, contentivo del juicio por estimación e intimación de honorarios profesionales, incoada por los ciudadanos José Araguayán, Mercedes Masson, José Ángel Araguayán y Freddy González, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nro. V- 3.326.382, V- 11.924.348, V-10.387.666 y 12.893.316, en contra de la ciudadana Elvia Figueroa de Schifitto, colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número E- 81.339.689.
No hay condenatoria en costas, conforme al artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
Se ordena la notificación de la presente decisión a .....